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1º de Mayo

Hoy se celebran tres (3) eventos que trascienden en el tiempo y la historia nacional e internacional. 1-) La celebración de la muerte de los 16 mártires de Chicago, por reclamar derechos para los obreros. 2-) Apoyar la reforma laboral presentada por el Gobierno para mejorar las condiciones laborales, rechazada por el legislativo, entonces el Pueblo presentará a esa entidad 12 demandas que de no ser aprobadas en 30 días, se convocará una consulta popular pidiendo ser decretadas por el Ejecutivo y 3-) Se leerá una Proclama para reclamar el Poder popular tal como lo establece la Constitución Política de Colombia (CPC).

HOY PRIMERO DE MAYO EL CONSTITUYENTE PRIMARIO, EL PUEBLO TRABAJADOR MULTIÉTNICO Y PLURICULTURAL DE COLOMBIA; Entendiendo que quienes presuntamente pretenden representarnos y entre quienes muchos fueron elegidos de maneras fraudulentas y antiéticas, como sobornos con dineros fruto de actividades al margen de la ley, además de extorciones y secuestros bajo amenazas contra la vida de las personas y pueblos enteros, sumado a la inoperancia de la justicia y el orden, el irrespeto y desconocimiento de lo establecido originalmente en la constitución política colombiana de 1991, permitiendo la impunidad de graves delitos contra los DD.HH, los bienes y servicios públicos, factores que como la corrupción y el mercantilismo de decisiones legislativas, jurídicas y administrativas han permeado gran parte de las instituciones del Estado, atentando contra la justicia, el orden, la paz, el bienestar y la tranquilidad laboral nuestra y la de nuestro hijos; NOS DECLARAMOS DUEÑOS DE NUESTRA SOBERANÍA Y PROCLAMAMOS PARA LA NACION Y EL MUNDO ENTERO NUESTRA EMANCIPACIÓN:

DECRETANDO

1º) CONVOCAR: De acuerdo al Art. 3 de la CPC y la ley 1757 de 2015 a través de la oficina del Consejo Nacional de Participación Ciudadana, a una Asamblea Nacional Constituyente.

2º) SOLICITAR: Al Ejecutivo la apropiación y asignación del presupuestonecesario paraelejercicio asambleario de la Asamblea Nacional Democrática Deliberativa y la Institucionalización Directa y Participativa del Poder Popular; disponiendo la adecuación y dotación de instalaciones físicas para la gestión de los mecanismos de participación ciudadana, por un mínimo de seis (6) meses prorrogables según las necesidades de la gestión asamblearia.

3º) ASIGNAR: Recursos de parte del documento CONPES para el inmediato desarrollo de la Comunidad Virtual Popular en Democracia Participativa, aprobada por una Comisión de Expertos en Ingeniería Cibernética e Inteligencia Artificial que permita, blindada de extremo a extremo, la selección por voto popular democrático a los asambleístas. (Socraci)(¿?)    

4º) PROCLAMAR:  Que el Constituyente Primario individual o colectivamente ejerza como veedor, estructurador y ejecutor de cualquier sistema de participación ciudadana que la administración de los bienes públicos requiera

5º) EJECUTAR: A través de las respectivas carteras ministeriales y de una Agencia Especial del Despacho del Constituyente Primario; las respectivas peticiones que se generen con ocasión a la participación de las Políticas públicas del Gobierno.  

Cúmplase y divúlguese por todos los medios de comunicación popular y alternativos afines a la Emancipación y Soberanía del Constituyente Primario.

Dada en la ciudad de Bogotá D.C. primer (1º) día del mes de Mayo del año dos mil veinticinco (2025).

 

 

 

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