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CONVOCAR: Como mecanismo de trabajo colectivo de todos los actores populares y proletarios concurrentes y conformes con la doctrina de Jorge Eliécer Gaitán, a la Movilización Permanente; quedando el presente Decreto originario abierto a la opinión Pública Nacional e Internacional para que, todas las organizaciones y movimientos cívicos, sociales, populares, culturales, políticos, sindicales, estudiantiles, gremiales, etc. Puedan si así lo deseen integrarse al desarrollo del Art. 3 de la CPC y la ley 1757 de 2015 a través de la oficina de Consejo Nacional de Participación Ciudadana.
SOLICITAR La Institucionalización directa y participativa del Poder Popular; donde se disponga la adecuación de unas instalaciones y oficinas para la gestión de los mecanismos de participación ciudadana, asignando recursos de parte del documento COMPES de Metaverso para desarrollo de la Comunidad virtual Popular y por parte de la Nueva Facultad de Ingeniería Artificial de la Universidad Nacional.
DISPONER Que el Constituyente Primario individual o colectivamente ejerza como veedor, estructurador y ejecutor de cualquier sistema de participación ciudadana que la administración de los bienes públicos requiera
PROCLAMAR Como capítulo de la Historia de Colombia y dentro de su institucionalización, soberanía y gobernanza; la Asamblea Popular Nacional Constituyente por la Institucionalización del Constituyente Primario
EJECUTAR. A través de las respectivas carteras ministeriales y de una Agencia Especial del Despacho; las respectivas peticiones que se generen con ocasión a la participación de las Políticas públicas del gobierno.
Comentarios
Revisa que en vez de COMPES es CONPES. Corriges. 👍